Alumnos superdotados intelectualmente
- Escolarización
Se escolarizarán en contexto escolar normalizado, en centros que, por sus condiciones, puedan prestarles una atención adecuada a sus características.
- Atención Educativa
Los alumnos superdotados intelectualmente serán objeto de una atención específica por parte de las Administraciones educativas.
Para ofrecerles la atención y las ayudas educativas oportunas que necesiten estos alumnos, además de su identificación temprana, los centros deberán concretar la oferta educativa y las medidas necesarias para el desarrollo pleno y equilibrado de sus capacidades desde un contexto escolar normalizado.
Se podrá flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas educativas del sistema educativo, independientemente de la edad de los alumnos, de acuerdo con las normas establecidas al efecto.
- Valoración de necesidades y planes de actuación
Con el fin de dar a los alumnos superdotados intelectualmente la respuesta educativa más adecuada, se adoptarán las medidas necesarias para identificar y evaluar de forma temprana sus necesidades.
- Requisitos para adoptar la medida de flexibilización
La decisión de flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para estos alumnos se tomará cuando las medidas que el centro puede adoptar, dentro del proceso ordinario de escolarización, se consideren insuficientes para atender adecuadamente sus necesidades y su desarrollo integral.
- Criterios generales para adoptar la medida de flexibilización
La medida de incorporar a los alumnos a un curso superior al que le corresponde por su edad podrá adoptarse hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica y una sola vez en las enseñanzas postobligatorias.
En casos excepcionales, las Administraciones educativas podrán adoptar medidas de flexibilización sin tales limitaciones.
La flexibilización deberá contar con la conformidad de los padres e incorporar medidas y programas de atención específica. Igualmente, se informará a los padres y a los alumnos sobre las medidas ordinarias o excepcionales de atención que se adopten.
En el caso de las enseñanzas de régimen especial, la flexibilización de la duración de los diversos grados, ciclos y niveles se podrá llevar acabo siempre que la reducción de estos periodos no supere la mitad del tiempo establecido con carácter general, aunque, en casos excepcionales, las Administraciones educativas podrán adoptar medidas de flexibilización sin tal limitación, siempre incorporando medidas y programas de atención específica.
Las Administraciones educativas determinarán el procedimiento, trámites y plazos que se han de seguir en su respectivo ámbito territorial para adoptar la medida de flexibilización, así como el órgano competente para dictar la correspondiente resolución.
- Formación del profesorado
Se promueve la realización de cursos de formación específica relacionados con el tratamiento de estos alumnos para el profesorado que los atienda.
- Atención a los padres
Se adoptan las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
- Ayudas
Anualmente el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca ayudas para estos alumnos.
- Actuaciones del Ministerio de Educación ,Cultura y Deporte relacionadas con la atención a estod alumnos.
- Suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) y la Fundación C.E.I.M. para el desarrollo de actividades destinadas a niños superdotados y con talento. A través del mismo se desarrollan acciones tales como un programa de enriquecimiento extracurricular, formación del profesorado, jornadas educativas para padres, publicaciones, etc.
- Cursos de formación específica relacionados con el tratamiento de estos alumnos para el profesorado que los atiende.
- Convocatoria de ayudas para estos alumnos
Fuente: http://www.mec.es/educa/jsp/plantilla.jsp?id=98&area=sistema-educativo
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